sábado, 8 de noviembre de 2014

LEGITIMACIÓN DEL ESTADO

Una de las primeras manifestaciones que lleva a cabo el pueblo al obtener su independencia consiste en dictar un conjunto de normas jurídicas que han de regir su vida política, organizar sus poderes, delimitar sus funciones y establecer los derechos y garantías de los habitantes y el estado.
Ese conjunto de normas constituye su Constitución, la que será la Ley Suprema y Fundamental de ese Estado, sobre la cual han de apoyarse las posteriores leyes que se dicten. 
Al dictarse su propia Constitución, el Estado ejerce su poder constituyente y lo lleva a cabo a través de una Asamblea o Convención, formada por representantes del pueblo, libremente elegidos.
En nuestro país desde su independencia fueron numerosas las tentativas para establecer una Constitución definitiva, la cual no se logró hasta el Congreso General Constituyente reunido en Santa Fe el 15 de Noviembre de 1852.

Podemos efectuar la siguiente diferenciación:
  • Constitución: surge como un acto de soberanía nacional.
  • Pacto: acuerdo entre distintos Estados integrantes de un país.
  • Carta: emitida por la autoridad que ejerce el poder.
Pueden existir tres tipos de Constituciones:

Flexibles o Elásticas: poseen un instrumento legal que puede ser modificado en igual forma que una ley común, no necesitan formalidades para ello.
Rígidas: son aquellas que no pueden ser modificadas por la vía legislativa ordinaria y el poder constituyente es ejercido por un cuerpo especial formado por personas elegida a éste solo efecto.
Semiflexibles: son aquellas cuya modificación puede ser realizada por el poder legislativo pero contando con un voto mayor para su aprobación que las leyes comunes.

La CONSTITUCIÓN es la Ley Fundamental la cual concentra al conjunto de normas y leyes que regulan y organizan a un Estado.

Según su organización territorial los Estados pueden ser:

  • Estado unitario: se caracteriza por la existencia de un centro único de poder que adopta las decisiones políticas y detenta el monopolio de la creación de sus normas jurídicas, por ejemplo: Arabia Saudita, Albania, Afganistán, Chile, Egipto, España, Ecuador, etc.
  • Estado Federal: en este Estado se superponen dos estructuras:
  1. Federación: es el sujeto soberano en el ámbito internacional y configura una unidad territorial y nacional.
  2. Los Estados: establecen relaciones de diversa naturaleza con la Federación entre las que se encuentran: la coordinación; sus competencias se pueden distribuir en forma exclusiva para la Federación y sus Estados o en forma compartid entre ambos. Y la supra-subordinación; en donde encontramos la limitación de la autonomía constitucional de los Estados, la obligación del respeto al cumplimiento de la Constitución, etc. Por ejemplo: Argentina, Suiza, Estados Unidos, Uruguay, etc.
  • Confederación: unión de Estados originada en un pacto internacional que da lugar a una unión con carácter permanente para alcanzar determinados objetivos comunes. Por ejemplo: Serbia y Montenegro, Confederación Perú- Boliviana.
  • Nuevos modelos:
  1. Estado autonómico: existe solo una constitución.
  2. Unión Europea. tiene efectos a nivel internacional, no constituyendo un tipo de modelo territorial del Estado.
  3. Comunidad de Estados independientes: surge con la intención de constituir una Confederación. Por ejemplo: los países de la antigua Rusia.

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