domingo, 9 de noviembre de 2014

EL SUFRAGIO


Es la forma de elección de candidatos que contribuyen a la forma de gobierno, esta elección es por parte del pueblo sin discriminación de etnia, clase social o género.
Es práctica habitual en la mayoría de países, que el sufragio o voto solamente puedan ejercerlo quienes son considerados nacionales o ciudadanos del país.
Todo aquel que se encuentra en condiciones legales para emitir su voto es llamado elector y el conjunto de ellos electorado.

Se lo suele clasificar en:

  • Deliberativo: Cuando es utilizado para aprobar o rechazar alguna decisión legislativa (referéndum) o un determinado acto de gobierno o de orden constitucional (plebiscito).
  • Ejecutivo: Cuando es utilizado para elegir sus representantes o determinados funcionarios del gobierno.


El sufragio puede asumir distintas formas, entre las cuales se encuentran las siguientes:

 Universal y calificado
 Esta clasificación del sufragio se refiere a la facultad que poseen los ciudadanos de un país para emitir su voto. El sufragio universal significa que todos los ciudadanos que tengan una determinada edad, pero sin distinción de razas, credo, sexo, posición económica, grado de institución, etc.

Igual o reforzado:
El sufragio reforzado atribuye más de un voto a determinados ciudadanos en razón de cualidades especiales (cargas de familia, poseer título universitario, etc.).

Sufragio público y sufragio secreto
La forma de expresión del voto por parte del pueblo impone esta clasificación, considerándolo sufragio publico aquel que se expresa en presencia de otros ciudadanos, quienes así conocen el voto de los demás; en cambio el sufragio secreto es aquel que el mismo es conocido nada más que por el votante.

Sufragio obligatorio y sufragio voluntario:
Llamamos sufragio obligatorio a aquel que constituye una obligación del ciudadano sujeta a penalidades por incumplimiento del mismo. En cambio si el voto es emitido por un ciudadano de acuerdo a su propia voluntad, podemos decir que este tipo de sufragio es voluntario.

Directo e indirecto:
En los casos que los ciudadanos votan por las personas que han de ejercer las funciones de gobierno se dice que el sufragio es directo o de primer grado. En cambio, si se vota por personas que, a su vez, procederán a elegir los funcionarios que ejercerán el gobierno del país, el sufragio será considerado indirecto o de segundo grado.

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